Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1356/2013
Fecha: 15-Ago-2013
II.2.
II.2. El 27 de marzo de 2013, Santa Cruz Yale Medina prestó su declaración informativa en presencia de la Fiscal demandada Yolanda Aguilera Lijerón; en el acta se indicó: “Se suspende la presente audiencia en razón a que el abogado defensor del denunciado se retira de la audiencia en razón a que indica que no lo dejan intervenir en la declaración de su defendido” (sic). Asimismo, se señaló para recibir la declaración informativa del accionante el día 9 de abril de 2013, indicándose que en caso de no asistir el denunciado con su abogado o si este último opta por retirarse de la audiencia sin causa justificada, se le asignará uno de oficio para continuar con el acto señalado (fs. 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 12
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- en este último caso, siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida, pues, de existir dicho medio, deberá hacerse uso de éste”
- III.4.
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR en todo