SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1370/2013
Fecha: 16-Ago-2013
denegó
Mediante Resolución 028/2013 de 10 de mayo, cursante de fs. 17 a 20, el Juez Quinto de Partido de Sentencia Penal de Sustancias Controladas y Liquidador de Cochabamba, denegó la tutela solicitada, argumentando que, si bien la libertad es el bien mayor, el demandado, no ha actuado al margen de la ley al disponer la verificación del mandamiento de libertad, adecuando su accionar a la SCP 0662/2012 de 2 de agosto, referida a las obligaciones de los encargados de establecimientos penitenciarios en cuanto al mandamiento de libertad, situación que como en el presente caso es de mayor relevancia debido a que dicho mandamiento no ha sido suscrito por la autoridad jurisdiccional; asimismo, el Juez Tercero de Ejecución Penal, ha emitido Resolución de 8 de mayo de 2013, ordenando que el accionante, permanezca en calidad de detenido hasta considerar su situación jurídica, de donde se infiere que no existe detención ilegal o indebida, pues por orden de autoridad competente el imputado, aún se encuentra detenido y por ende, bajo tuición del demandado, quien ha dado estricto cumplimiento a una orden judicial; no obstante es menester aclarar que el justiciable encontrándose gozando del beneficio de extramuro ha incumplido la presentación periódica dispuesta y ha cometido un nuevo ilícito, siendo detenido el 2012, no habiéndose comunicado estos hechos al Juez de garantías, actuándose en consecuencia con deslealtad procesal, pretendiendo utilizar este medio para salir en libertad deslindándose de sus responsabilidades; concluyéndose entonces que, debe denegarse la tutela solicitada debido a que el demandado, ha dado cumplimiento a una orden emanada de autoridad jurisdiccional
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación y ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. De la tutela el debido proceso mediante la acción de libertad
- III.3. Respecto a una supuesta persecución indebida e ilegal procesamiento y restricción de la libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana
- la protección que brinda el recurso de hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR