SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1396/2013

Fecha: 16-Ago-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, en audiencia ratificó íntegramente los términos de su acción y ampliándola indicó que, sólo pide se haga cumplir lo dispuesto en el art. 325 del CPP, relativo al señalamiento de audiencia conclusiva para considerar la solicitud de procedimiento abreviado, bajo el principio de celeridad, previsto en el art. 180.I de la CPE, considerando que se trata de una persona privada de libertad desde hace más de un año. Además que, en el informe de la autoridad demandada no se enervan los fundamentos de la presente acción.