SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2013

Fecha: 16-Ago-2013

1)

Javier Medardo Serrano Llanos y Ana Adela Quispe Cuba, Magistrados de la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, presentaron informe cursante de fs. 203 a 205 vta., mediante el cual refirieron que: 1) El accionante planteo el recurso de casación en la forma y en el fondo contra el Auto de Vista 327 de 18 de octubre de 2011, el cual revocó parcialmente la sentencia apelada, disponiendo que el BNB S.A. restituya a favor de los demandantes la suma de $us107 499,62.-; 2) Declararon improcedente el recurso planteado, porque omitieron distinguir la casación en el fondo y la casación en la forma, no consideraron que ambas formas son excluyentes entre si y no precisaron que es lo que pretenden con dicha apelación, en el fondo no se puede analizar aspectos o denuncias relativas a la existencia de errores in procediendo o violaciones en las formas esenciales del proceso; 3) En la forma denunciaron errores de apreciación de la prueba, cuando éstos corresponden ser resueltas en el fondo, siempre y cuando se haya acusado los errores de hecho y de derecho, no pueden pretender que en base al impreciso y deficiente recurso ingresen a censurar la apreciación y valoración de la prueba realizada por el ad quem; y, 4) Finalmente el accionante no cumplió con los requisitos dispuestos en el art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil (CPC), ni fundamento su recurso en ninguno de los numerales señalados por los arts. 253 y 254 del mencionado Código, por lo que no se abrió la competencia de ese Tribunal