SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2013

Fecha: 16-Ago-2013

denegando

La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 194/2013 de 30 de abril, cursante de fs. 271 a 278, denegando la tutela solicitada, la Resolución se basa en los siguientes fundamentos: a) El recurso de casación tiene como finalidad invalidar una sentencia o auto de vista, en los casos que la propia ley autoriza, cuando exista infracciones a la ley sea en el fondo o en la forma o en ambos efectos y debe estar expresamente fundada y cumplir con los requisitos exigidos para su admisión; b) Las autoridades demandadas declararon la improcedencia del recurso amparados en el art. 272 inc. 2) del CPC, asimismo efectuaron la motivación y correspondiente fundamentación sobre la procedencia y admisibilidad del recurso de casación en el fondo y en la forma; y, c) No existiendo incongruencia entre el Auto Supremo 227 y el Auto complementario 233, ambos tienen concordancia con lo resuelto existiendo armonía entre la parte considerativa y la resolutiva.