SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2013

Fecha: 16-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra con detención preventiva en el Penal de San Pedro desde el 1 de abril de 2009, a consecuencia de la imputación formal efectuada por el Ministerio Público, por la comisión del supuesto delito de robo, habiendo sido observado el 11 de junio de 2010, lo cual no fue subsanada hasta la fecha, así como el Juez de control jurisdiccional no habría conminado para que el titular de la acción investigativa presente una resolución conclusiva o en su defecto una nueva acusación, dejando transcurrir el tiempo por más de cuatro años, sin haber efectuado el impulso procesal, incumpliendo los plazos legales para concluir con el debido fallo sea condenatoria o absolutoria.

Posteriormente, bajo dicho antecedente presentó excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, a ese fin cumplidas con las diligencias pertinentes a la autoridad fiscal y por edictos a la víctima Ever Miguel Quizo Ajno, quienes no contestaron a la excepción planteada; en tal sentido, el 9 de enero de 2011, solicitó se dicte Resolución a su petitorio, que fue decretado por el Juez demandado, ya que simplemente arrimo a sus antecedentes para considerar en su momento, sin que hubiera obtenido respuesta alguna. De tal forma el 24 de enero de 2013, interpuso recurso de reposición, para no seguir dilatando el proceso lo que va en perjuicio a sus derechos, sin haberse resuelto hasta la fecha, transgrediendo el principio de celeridad que configura la retardación de justicia.