Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1451/2013
Fecha: 19-Ago-2013
2°
2° Disponer que por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional se remita copia de todo el expediente al Consejo de la Magistratura para la investigación de la conducta del Juez de Partido y de Sentencia Penal de San José de Chiquitos, José Torrico Garvizú, constituido en Juez de garantías, de acuerdo a lo advertido en el Fundamento Jurídico III.2.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de la acción de amparo constitucional por cesación de los efectos del acto reclamado
- sustracción de la materia o del objeto procesal a situaciones: '…cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado', para lo cual al menos debe verificarse que: i) Las pruebas aportadas por las partes, conforme sus pretensiones otorgan la certeza de que la pretensión procesal se ha extinguido; y, ii) Con el objeto de no afectar el procedimiento constitucional es preciso señalar que para determinar la sustracción del objeto procesal o materia por la cesación de los efectos del acto reclamado, el acto lesivo denunciado debe ser restituido antes de la citación con el Auto de admisión de la acción de amparo constitucional.
- III.2.1. Con relación al acto lesivo denunciado
- III.2.2. Respecto al trámite impartido por el Juez de garantías
- 1° CONFIRMAR
- 2°