SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1480/2013
Fecha: 22-Ago-2013
concedió
La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 010/2013 de 26 de abril, cursante de fs. 78 a 80 vta., por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada proceda a la reincorporación inmediata a sus fuentes laborales, así como el pago de sus sueldos devengados a partir de su destitución, el pago de los subsidios y asignaciones familiares que por ley les corresponden; con los siguientes fundamentos: 1) La autoridad demandada puso en riesgo la vida y salud de los hijos que se encuentran en estado de gestación y lactancia desde el momento del despido de los accionantes, por lo que no existe otro medio legal, rápido y efectivo que no sea el amparo constitucional; 2) Conforme a los certificados de atención prenatal de las esposas de los accionantes, estos gozan de inamovilidad laboral y funcionaria, hasta que sus hijos cumplan un año de edad; 3) De acuerdo al art. 2 del Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009, se establece que la mujer embarazada o con hijo o hija menor a un año, y en su caso el esposo o progenitor, goza de inamovilidad laboral, no pudiendo ser despedidos, afectarse su nivel salarial, ni su ubicación en su puesto de trabajo; y, 4) El hecho de que aún sean funcionarios de libre o directo nombramiento, merecen la protección legal, en razón a sus circunstancias de constituirse en progenitores gestantes y en edad de lactancia, citando al respecto al SCP 1078/2012 de 6 de septiembre.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la representante Ministerio Público
- concedió
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la excepción de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional en materia de estabilidad laboral
- a objeto de que estas entidades una vez establecido el retiro injustificado conmine al empleador a la reincorporación inmediata en los términos previstos por el DS 0495, y ante su incumplimiento se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional”
- III.4. Normativa vigente que protege la estabilidad laboral del despido injustificado
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.”
- III.5. Sobre la protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación, de padres progenitores en su condición de servidores públicos
- Fragmento 17
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo