SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1483/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1483/2013

Fecha: 22-Ago-2013

“…no se ha demostrado el desconocimiento de que dicha maquinaria podría ser utilizada para fines ilícitos” (sic)

Asimismo, concluyó que se demostró que la incautación se realizó de manera posterior a su adquisición, afirmando que: “…no se ha demostrado el desconocimiento de que dicha maquinaria podría ser utilizada para fines ilícitos” (sic); dicha aseveración tampoco cuenta con el suficiente respaldo probatorio; máxime si el accionante no se encuentra investigado, menos imputado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la COMIBOL en su condición de parte querellante; por ello, las autoridades demandadas al momento de pronunciar el Auto de Vista, debieron observar los alcances del principio de razonabilidad expresado en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional con relación a la afectación de los derechos y garantías contenidas y reconocidas en la Constitución Política del Estado.

Finalmente, con relación al segundo acto lesivo denunciado, referido a la omisión incurrida por el juez inferior de no correr en traslado al accionante el recurso de apelación interpuesto por la COMIBOL, debemos señalar que no corresponde ser considerado por este Tribunal, toda vez que al haberse identificado falta de fundamentación y motivación en la resolución emitida por los Vocales demandados, serán dichas autoridades quienes deberán pronunciarse al respecto al momento de dictar la resolución correspondiente.

En mérito a todos los fundamentos expuestos en el caso concreto, resulta evidente que las autoridades demandadas han vulnerado el derecho fundamental del debido proceso del accionante en su elemento de la debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, en consecuencia corresponde conceder la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.