SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1506/2013

Fecha: 27-Ago-2013

v.

v.   Finalmente, los demandados concluyeron que existió error de hecho en el que incurrieron tanto el juez a quo como el tribunal ad quem en la apreciación de la prueba; sin embargo, no fundamentaron ni demostraron cuál fue la equivocación manifiesta ya sea por omisiones o excesos mediante documentos en los que incurrieron en la apreciación de los hechos y pruebas producidas, o si se efectuó una errónea apreciación del presupuesto fáctico acerca de los requisitos para asegurar la motivación en las resoluciones judiciales; toda vez que para que éstas sean válidas, deben ser fundamentadas, lo que significa que deben explicar las razones que justifiquen su decisión, constituyéndose en una garantía constitucional no sólo para las partes sino también para el Estado al asegurar una correcta administración de justicia.

Por lo expresado precedentemente, se ha evidenciado que las autoridades demandadas incurrieron en falta de fundamentación y motivación al pronunciar el Auto Supremo 264, extremo que vulnera las reglas del debido proceso y hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional.