Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0394/2013-CA
Fecha: 30-Sep-2013
sobre las que existan duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
Previo a efectuar el análisis sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en el art. 79 del CPCo, es conveniente recordar que esta acción de inconstitucionalidad, tiene por objeto efectuar el control sobre la constitucionalidad de las disposiciones legales aplicables a un caso concreto, sobre las que existan duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción, con los valores, principios, derechos fundamentales y garantías constitucionales consagrados en la Ley Fundamental.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- sobre las que existan duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- II.4. Análisis del caso concreto
- Que la ley, decreto o resolución de cuya constitucionalidad se duda, tenga que ser aplicada a la decisión final del proceso
- RATIFICAR