Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1516/2013
Fecha: 04-Sep-2013
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 28/2013 de 23 de abril, cursante de fs. 311 a 312, denegó la tutela; en base al siguiente fundamento: No se cumplió con los principios de inmediatez y subsidiaridad, toda vez que, previamente a interponer la acción de amparo constitucional, debe agotarse todas las vías y medios legales previstos por ley, pero el accionante al haber acudido ante el juez cautelar interponiendo un incidente de actividad procesal defectuosa, y que incluso fue objeto de apelación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo