SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1516/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1516/2013

Fecha: 04-Sep-2013

i)

El abogado del tercero interesado Manuel Rojas, en audiencia indicó que: i) La niña fue revisada por el médico forense el 24 de febrero de 2011, por el cual se estableció la existencia de desgarro anal; ii) Nunca hubo extorsión, porque Pablo López jamás entregó una suma de dinero, menos cumplió con su asistencia familiar; iii) El sobreseimiento fue dictado cuando la Fiscal de Materia se encontraba de vacaciones; además, los peritos ingresaron en una contradicción que fue considerado para revocar el sobreseimiento; iv) El reclamo del accionante es extemporáneo porque la jurisprudencia estableció que la acción de amparo debe ser presentada dentro de los seis meses; y, v) El Ministerio Público presentó la notificación donde se evidencia que la diligencia se efectuó en la oficina de su abogada, por lo que no se cumplió con el principio de inmediatez y el principio de subsidiariedad al existir un incidente pendiente de resolución.