SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1548/2013
Fecha: 13-Sep-2013
I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Por Auto Constitucional (AC) 0123/2013-CA de 9 de abril, cursante de fs. 30 a 33, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, resolvió disponer que, al haber sido promovida la acción de inconstitucionalidad concreta por el Tribunal Judicial consultante, pase directamente a sorteo, respetando el orden cronológico. Posteriormente a fs. 36, mediante decreto de 20 de mayo de 2013, dispuso que sea puesta en conocimiento de Juan Evo Morales Ayma Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, como personero del Órgano que generó la norma impugnada, a objeto de que pueda formular los alegatos que considere necesarios en el plazo de quince días, lo que se cumplió el 1 de julio de 2013 (fs. 70 a 71).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción
- promovió
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- I.
- II.
- Fragmento 12
- III.1. Del Tribunal Constitucional Plurinacional en el proceso de construcción del Estado Plurinacional Comunitario
- III.2. Alcance del control normativo de constitucionalidad y la acción concreta de inconstitucionalidad
- …el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- «
- Fragmento 17
- este derecho fundamental no se satisface solamente con el cumplimiento mecánico de las reglas formales, sino que tiene una naturaleza protectora de fondo, es decir, que si bien es importante el tratar de que se logre el objetivo de llevar adelante un proceso sea este administrativo o judicial- sin errores formales, es aun más importante, si cabe el término, el velar por un orden justo, o mejor dicho en otras palabras, velar por la justicia material.
- III.4. Del proceso contencioso administrativo en materia agraria y su demanda
- ARTICULO 65º (Ejecución del Saneamiento).
- ARTICULO 66º (Finalidades).
- ARTICULO 68º (Recursos Ulteriores).
- CONSTITUCIONALIDAD