SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1550/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1550/2013

Fecha: 13-Sep-2013

denegó

La Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, dictó la Resolución 1/2013 de 20 de mayo, cursante de fs. 112 a 115, por la que denegó la tutela solicitada sobre la base de los siguientes fundamentos: a) El “arresto” efectuado por los efectivos policiales contra el accionante, tuvo lugar a partir del respectivo mandamiento de aprehensión librado por el Fiscal; por lo que, no se evidencia vulneración de su derecho a la libertad en esta etapa; ya que, se siguieron todos los pasos procesales conforme establece el Código de Procedimiento Penal hasta poner el caso en conocimiento del Juez cautelar; b) Respecto a que el informe de inteligencia no tiene ningún valor y ni siquiera podría ser considerado como prueba, es importante recordar que en la etapa preliminar el Código de Procedimiento Penal sólo hace referencia a “indicios”; y por tanto, en la misma no se puede producir prueba; y, c) No existe vulneración de ningún derecho fundamental que pueda tutelar la acción de libertad conforme lo prevén los arts. 125 y ss. de la CPE, y 46 y ss. del Código Procesal Constitucional (CPCo).