Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1559/2013
Fecha: 13-Sep-2013
a)
El abogado de la accionante ratificó el contenido de la acción, acotando lo siguiente: a) Su cliente fue detenida de manera indebida, ya que se encontraba en el Banco Mercantil S.A. acompañando de buena fe a la titular del cheque, para ejercer su derecho de cobrar una deuda que tenía con la indicada y recuperar un dinero prestado; y, b) La detención tiene carácter extraordinario, sólo se aplica cuando se establece la culpabilidad y existe el riesgo de fuga y obstaculización, siendo así que su defendida se allanó a la investigación y está dispuesta a colaborar con la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 2)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- 1º CONFIRMAR en parte