SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1606/2013
Fecha: 19-Sep-2013
1)
El accionante a través de sus representantes ratificó la demanda y amplió señalando que: 1) Por Resolución Municipal se otorgó la autorización para la construcción del “Mercado Plan 3000”, a dieciocho asociaciones de comerciantes, gestionando recursos del Ministerio de Desarrollo Productivo, de un ente privado y de la inversión de los socios; sin embargo, la obra se encuentra paralizada con data de un año, por falta de desembolso de los financiadores; 2) Los representantes de tres Asociaciones denunciaron a los dirigentes ahora accionantes por “enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado”, habiendo sido imputados por el Fiscal anticorrupción, otorgándoseles medidas sustitutivas; 3) El 14 de diciembre de 2013, presentaron otra denuncia por el supuesto delito de “estafa”, por el mal manejo de las cuotas durante siete años de dirigencia, siendo mismos hechos, sujeto y objeto; y, 4) Plantearon un incidente de conexitud de causa, por temor a ser juzgados dos veces por el mismo hecho; sin que la Jueza respondiera el incidente, fijando audiencia de medidas cautelares para el 4 de abril de 2013, sin que se oficie la acumulación de ambos procesos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Sobre el debido proceso y el procesamiento indebido
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo