Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0010/2014-RCA
Fecha: 10-Ene-2014
I.3. Petitorio
Solicitan conceder la acción, “…dejar sin efecto todos los actos administrativos dictados por la autoridad accionada tendientes a realizar el ilegal descuento, actos producidos por el Ministro de Salud y Deportes y la Jefa de Unidad de Recursos Humanos de la misma cartera de Estado…” (sic); ordenar la inmediata devolución en favor de los trabadores en salud de los descuentos efectuados, en tanto no exista una resolución definitiva de parte del Ministerio de Trabajo, “…que aún no se pronunció ante el Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución que declaró ilegal la huelga decretada por la Central Obrera Boliviana” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- I.5. Trámite procesal
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- con poder suficiente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones,
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución'”
- II.3 Análisis del caso en revisión
- CONFIRMAR