AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0018/2014-RCA

Fecha: 10-Ene-2014

II.3.

En el caso de autos, la accionante señala que dentro del proceso disciplinario incoado en su contra, las autoridades cuestionadas vulneraron sus derechos y garantías fundamentales, contemplados en los arts. 46, 48.II, 49.II y III, 115.II, 117.I y 119 de la CPE; y, 7 y 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, a raíz de lo cual formuló la acción de amparo constitucional, solicitando se deje sin efecto la suspensión de sus funciones, emitido por el Juez Segundo Disciplinario y “Director Distrital del Consejo y en consecuencia se ANULE la ilegal suspensión” y la restitución inmediata a su fuente laboral, así como el pago de sus salarios por los días que perduró la vulneración de sus derechos.