AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0026/2014-RCA

Fecha: 28-Ene-2014

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante estima vulnerados sus derechos a la libertad sindical, al fuero sindical, a la representación, a la “seguridad jurídica”, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la no discriminación, a la salud y a la seguridad social citando al efecto los arts. 8.II, 9.5, 14, 18.I, 35 al 44, 46.I y II, 48.I y II, 49.III, 51 y ss y 109.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; XIV de la Declaración Americana sobre Derechos Humanos; y, 3, 6 y 7 del Protocolo de San Salvador; los Convenios 45 arts. 1, 8 y 9; y, 135 art. 1 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).