Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2014-RCA
Fecha: 28-Ene-2014
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 31 de diciembre de 2013, cursante a fs. 42 y vta., pronunciada por la Sala de Turno del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca por vacación judicial, constituida en Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso en revisión
- se debe acudir inmediatamente a la justicia constitucional en busca de tutela
- CONFIRMAR