Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2014-RCA
Fecha: 28-Ene-2014
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 31 de diciembre de 2013, cursante a fs. 42 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Freddy Alex Gutiérrez Flores contra Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Rómulo Calle Mamani, Rita Susana Nava Durán, Fidel Marcos Tordoya Rivas, Jorge Isaac Von Borries Méndez, Maritza Suntura Juaniquina, Pastor Segundo Mamani Villca, Antonio Guido Campero Segovia y Norka Natalia Mercado Guzmán, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Iván Ramiro Campero Villalba, Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Ángel Edson Dávalos Rojas, actual Secretario del Pleno del Consejo de la Magistratura.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso en revisión
- se debe acudir inmediatamente a la justicia constitucional en busca de tutela
- CONFIRMAR