Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0027/2014-RCA
Fecha: 28-Ene-2014
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la acción de amparo constitucional, disponiendo la nulidad del CITE OF. SP-CJ 487/11 y CITE OF. SP-CJ 0664/11, se ordene la restitución de sus derechos al trabajo, a la petición y a acceder al cargo de Vocal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, como efecto subsecuente ordene al Presidente de dicho Tribunal proceda a señalar día y hora de posesión, sea con responsabilidad de daños, perjuicios y daño civil si corresponde.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso en revisión
- se debe acudir inmediatamente a la justicia constitucional en busca de tutela
- CONFIRMAR