AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2014-ECA

Fecha: 30-Ene-2014

II.2.

II.2.  Se solicita la aclaración de la SCP 1462/2013, que en su parte resolutiva en el segundo numeral dispone declarar: “La CONSTITUCIONALIDAD del contenido normativo inserto en el art. 41.1 inc. b) del Acuerdo 165/2012 de 10 de julio, en cuanto a la facultad de recolección probatoria directa de los jueces disciplinarios y condicionado a la interpretación plasmada en el Fundamento Jurídico II.9.2…”, en ese marco, a través de la presente solicitud de aclaración, se señala lo siguiente: “¿de no cumplirse este equilibrio, se entenderá que la citada norma es inconstitucional?”.