SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0071/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.3.

II.3.  Mediante carta notariada 015/2012 de 23 de octubre, dirigida a Edson José Zelada Rocha, representante legal de la Consultora Multidisciplinaria “CONEDINKA S.R.L.”, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba le informó sobre la resolución del contrato 248/2011, proyecto “CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE RIEGO POR ASPERSIÓN (ESTUDIO TESA) SUBCENTRAL TRANCA”, en mérito a que por informe técnico INF. DP/082-2012 de 11 de octubre, se desprende que se habría incumplido la cláusula décima octava, num. 2.1. inc. a) del precitado contrato, referente al incumplimiento en la realización de la consultoría en el plazo establecido; también se informó que el hoy accionante debe apersonarse a dependencias del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba, dentro del tercer día hábil de su legal notificación a objeto de proceder a la conciliación de cuentas con el Municipio (fs. 84).