SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2014
Fecha: 10-Ene-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Denuncia la accionante que a consecuencia de reiteradas insinuaciones y debido a que se negó a afiliarse a la CNS, por contar con el seguro médico de su esposo, pese a su avanzado estado de embarazo, se vio obligada a presentar su renuncia, misma que fue aceptada en el día; sin embargo, posteriormente, amparándose en el art. 48.III de la CPE, solicitó a la empresa en la que trabajaba, reconsidere la aceptación a su renuncia, pretensión que le fue negada; por lo que, recurrió ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro, instancia que instruyó la reincorporación de la funcionaria a su fuente laboral, determinación que fue incumplida por la empresa demandada; motivo por el cual, se ha vulnerado su derecho a la estabilidad laboral por motivo de gestación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. Contexto normativo laboral respecto a la reincorporación
- III.3. Protección reforzada del derecho al trabajo y a la estabilidad laboral de la mujer embarazada; marco normativo y jurisprudencial
- tratándose de resguardar y/o proteger derechos primarios de la mujer trabajadora embarazada y del ser en gestación, cuya protección es urgente e inmediata, ante el retiro intempestivo de la fuente laboral que provoca la suspensión del derecho a la seguridad social que a su vez resguarda y garantiza el derecho a la salud, poniendo en riesgo el derecho a la vida que no puede estar supeditado al agotamiento previo de otras vías o instancias legales, es decir, no se sujeta al principio de subsidiariedad, característica de esta acción, debiendo hacer abstracción del mismo con el fin de tutelar en forma prioritaria e inmediata los derechos a la vida y a la salud como parte de la maternidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º