AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2014-RCA

Fecha: 29-Oct-2014

ha señalado y reiterado que las resoluciones de los jueces o tribunales de amparo constitucional '(...) no pueden ser impugnadas a través de otro Recurso de Amparo Constitucional,

Al respecto, el AC 0200/2014-RCA de 12 de agosto, determina que: «…en la SC 0544/2005-R 18 de mayo, señalo: …que el “Tribunal Constitucional en las SSCC 0632/2001-R, 1132/2002-R y 0834/2004-R, ha señalado y reiterado que las resoluciones de los jueces o tribunales de amparo constitucional '(...) no pueden ser impugnadas a través de otro Recurso de Amparo Constitucional, sino que los mismos son revisados de oficio por el Tribunal Constitucional, conforme establece el art. 19.IV constitucional y 102.IV de la Ley Nº 1836`'”» (las negrillas son agregadas).