Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0267/2014-RCA
Fecha: 29-Oct-2014
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2014, cursante de fs. 25 a 31, la accionante refiere que, el 30 de junio del mismo año, presentó una anterior acción de amparo constitucional contra Marcela Siles Yaksic, Jueza Decima de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz y José Ángel Ponce Rivas, Fiscal de Materia, −autoridades hoy demandadas−, a través de Auto de 1 de julio del citado año, determinaron que aclare los derechos presuntamente vulnerados o lesionados, adecúe la relación o nexo causal de los actos ilegales denunciados; y, adjunte prueba que fundamente la petición.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- por no presentada
- improcedencia
- EL RECHAZO IN LIMINE…
- Fragmento 6
- ha señalado y reiterado que las resoluciones de los jueces o tribunales de amparo constitucional '(...) no pueden ser impugnadas a través de otro Recurso de Amparo Constitucional,
- 'Las supuestas irregularidades procesales de una acción tutelar, no son impugnables a través de otra acción tutelar…'.
- cualquier cuestionamiento debe ser impugnado u observado en el mismo mecanismo de defensa constitucional y no a través de otro…
- Fragmento 10
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR