SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0014/2014-S2
Fecha: 06-Oct-2014
II.1.
II.1. El 27 de diciembre de 2012, la Gerencia de GRACO del Departamento de La Paz, emitió la Resolución Determinativa N° 17-1170-2012, en la que se resuelve determinar de oficio por conocimiento cierto de la materia imponible las obligaciones impositivas del contribuyente EMPRESA CONSTRUCTORA TORRICO LTDA., por el periodo fiscal julio 2008, por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), al haber omitido el pago de bs. 120.5134 (ciento veinte mil quinientos catorce 00/100 Bolivianos) por concepto de impuesto omitido de las facturas precitadas; Calificar la conducta del contribuyente como omisión de pago al adecuarse su conducta a lo establecido por el art. 165 de la Ley N° 2492, sancionándose su conducta con una multa igual al 100% del tributo omitido, cuyo importe asciende a UFV's 85.954.-, por lo que se intima al contribuyente a que en los términos establecidos por ley , deposite la suma de UFV's 215.047 (suma equivalente a Bs. 387.072). (fs. 11 a 14)