Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La representante del menor AA a través de su abogado, en audiencia ratificó in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción de libertad y ampliando el mismo señaló que: en la imputación formal no se menciona en absoluto al accionante “… pero si nos encontramos con un mandamiento expedido por el fiscal demandado por el cual firma para que lo lleven a la defensoría de la niñez, y adolescencia, en calidad de Arrestado esto sucede el 28 de marzo de 2014. Hasta el presente no existe ninguna imputación…” (sic).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- a)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Obligación del representante del Ministerio Público de solicitar a la autoridad judicial la ratificación de la aprehensión del adolescente
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones