SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0065/2014-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0065/2014-s2

Fecha: 27-Oct-2014

a)

Álvaro Rodrigo Orosco Herbas, director de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija y Fabián Horacio Rodríguez Velasco, Jefe de Asesoría Legal; señalaron que: a) En relación al trámite iniciado por la accionante, aún se encuentra en curso; b) Del informe legal 03/ASL-117/FHRV-035/2013 que emitió la Dirección de Ordenamiento Territorial y el cual fue recurrido de revocatoria por la accionante, resuelto mediante Resolución de 07 de octubre de 2013, determinando que la Ley Municipal 019, garantizaba y protegía el derecho de la denunciante; c) Posterior a la citada Resolución, la accionante presentó mediante memorial un proyecto de reglamento a la Dirección de Ordenamiento Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija; d) Mediante comunicación interna 4838/2014 de 24 de enero, el Asesor Legal de la citada unidad informó sobre la inexistencia de óbices legales para la aprobación del trámite mencionado, e) De todo lo expuesto, la accionante no ha cumplido con lo establecido en los arts. 64 y 65 del Código Procesal Constitucional (CPCo), no habiendo demostrado de manera objetiva la obligación o ley que fue omitida en su aplicación; pues se respondió a todas las demandas planteadas administrativamente, por lo que se pidió que se deniegue la tutela.