SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por documento ejecutorial, a los accionantes y a otras cuarenta y nueve personas se les ha reconocido la propiedad colectiva Kalluyo, clasificada como pequeña propiedad; sin embargo, el 27 de diciembre de 2013, Benito Rojas Almendras, Oficial Mayor del Gobierno Autónomo Municipal de Arbieto, acompañado de otras tres personas, procedió a realizar de manera arbitraria y sin previo aviso la apertura de zanjas en dos partes y el plantado de una “Plaqueta en Plancha metálica” de una dimensión de un metro por cincuenta de largo aproximadamente dentro del area que comprende la “PROPIEDAD KALUYO”;“…para luego increpar de manera iracunda este mal funcionario de la H. Alcaldía de Arbieto, al señor JUAN JIMENEZ BECERRA, conductor de una volqueta y hermano de nuestro copropietario CIRILO JIMÉNEZ BECERRA; el último, atribuible realizar el amurallado de su pedazo de terreno se había contratado la Volqueta de su hermano, para que haga un servicio de traslado de arena; es donde el Oficial Mayor de la Alcaldía, había obligado al conductor de la Volqueta proceder con el descargue de dicha arena a las buenas caso contrario hacer conducir a dependías de Tránsito, alegando que nuestro terreno se constituiría propiedad privada de la Alcaldía municipal de Arbieto; el conductor segado de pánico y zozobra habría accedido al pedido iracundo del Oficial Mayor, para luego proceder con la descarga de toda la carga de la arena en la volqueta a la entrada de nuestro terreno sobre el camino” (sic).

Es mediante dicho hecho, que al conductor de la citada volqueta, le indicaron que la “presunta” propiedad de los accionantes, se encontraría dentro de los alcances de un área protegida, determinado esto mediante una Ordenanza Municipal (OM) emitida por el Concejo Municipal de Arbieto en el año 2006 y que estuviese comprendida en una área superficial de 54 hectáreas (has.).