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    AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0271/2014-RCA

    Fecha: 05-Nov-2014

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución de 22 de septiembre de 2014, cursante de fs. 54 a 55 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jorge Hugo Quiroga Oblitas contra Karem Lorena Gallardo Sejas y Nuria Gisela Gonzáles Romero, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.4. Resolución del Tribunal de garantías
    • improcedencia
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 6
    • es decir, no existiendo o no mediando una notificación o pronunciamiento judicial o administrativo expreso que haga conocer del acto ilegal u omisión indebida, el cómputo del plazo para activar esta garantía jurisdiccional, se efectuará a partir de la última vulneración alegada o en su caso del último reclamo efectuado por el agraviado o afectado”
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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