Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2014-RCA
Fecha: 18-Nov-2014
I.5. Síntesis de la impugnación
El accionante señaló que además de esperar más de tres meses el señalamiento de audiencia, el Tribunal de garantías desestimó la acción de amparo constitucional, fundamentando que no existe claridad en cuanto a la legitimación pasiva, la cual estaba señalada en la interposición de la acción; en consecuencia, el rechazo “in limine”, constituye una vulneración al derecho de acceso a la justicia.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- rechazo “in limine”
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional
- Fragmento 7
- II.2. Legitimación pasiva de la persona o autoridad en actual ejercicio del cargo
- II.3. Trámite procesal de la acción de amparo constitucional ante los jueces y tribunales de garantías
- Fragmento 10
- el nombre y las generales de ley de quien interpone la acción o de su representante legal con poder suficiente; el nombre y domicilio de la persona o autoridad contra quien se dirige la acción y los datos básicos para proceder a su identificación y donde pueda ser notificada;
- simplemente de esta última