AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2014-CA

Fecha: 18-Nov-2014

I.1.

Señala que como consecuencia de haberse constituido en garante personal de la empresa Baltimore Ltda., suscribiendo un documento privado, reconocido en firmas y rúbricas, de póliza de caución con la Compañía de Seguros y Reaseguros Fortaleza S.A., y dentro de proceso ejecutivo, el 22 de agosto de 2014, interpuso incidente de nulidad debido a la ejecución de medidas precautorias respecto a sus bienes muebles e inmuebles, señalando que no fue previamente citado con el Auto intimatorio o con demanda ejecutiva u ordinaria alguna, menos aún con la ejecución de medidas precautorias, causándoles perjuicio porque quedó impedido de ejercer su derecho a la defensa y al debido proceso. Manifiesta que el incidente señalado fue corrido en traslado, estando pendiente de resolución.

Manifiesta que la parte ejecutante en el proceso indicado, se aseguró el pago del crédito con los bienes que son de su propiedad, cuando existe un personero legal de la empresa que adquirió la obligación y que se comprometió a su cumplimiento, correspondiendo al juez de la causa, aún de oficio, enmendar la ejecución de medidas precautorias respecto a sus bienes personales, que contravengan preceptos constitucionales y que motivaron la interposición del incidente de nulidad referido.