Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2014-S1
Fecha: 24-Nov-2014
II.5.
II.5. El 17 de marzo de 2014, la accionante interpuso recurso de reposición contra la precitada determinación de ejecutoria (fs. 232 y vta. del Anexo 2). Por Resolución de 28 de igual mes y año, la Jueza demandada, resolvió “No ha lugar a la reposición de obrados, manteniendo firme y subsistente el auto interlocutorio cursante a fs. 13 de marzo de 2014” (sic) (fs. 8 a 9, 236 vta. a 237 del Anexo 2). Por Auto de 17 de abril de 2014, declaró ejecutoriado el citado Auto (fs. 241 vta. del Anexo 2).