SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que, el 25 de septiembre de 2005, fue contratada como trabajadora del hogar por los demandados, siendo despedida el 4 de febrero de 2008 por su estado de embarazo, sin pagarle su sueldo de los últimos meses, ni reconocerle sus beneficios sociales; posteriormente, volvió a quedar embarazada y al no tener una fuente de trabajo, el 27 de mayo de 2009, regresó al domicilio de sus empleadores a buscar su ropa y pertenencias, oportunidad en la que le solicitaron que vuelva, ofreciéndole mejoras laborales y un incremento en su salario mensual, oferta que decidió aceptar, empezando a trabajar nuevamente, desde el 16 de junio del referido año, hasta el 28 de noviembre de 2013, en el transcurso de ese tiempo, quedó nuevamente embarazada, hecho que comunicó a sus empleadores el 15 de junio del mismo año, oportunidad en la que le manifestaron que no la despedirían, bajo ese consentimiento, asistió normalmente a sus controles prenatales; sin embargo, el 28 de noviembre de 2013, nuevamente fue despedida sin haber recibido el beneficio del seguro social, ni el pagos de sus subsidios prenatal y lactancia.

El 13 de diciembre de 2013, dio a luz a su bebé y al no permitirle regresar a su fuente de trabajo, acudió al Ministerio de Trabajo a denunciar la vulneración de sus derechos, al amparo del art. 48 de la Constitución Política del Estado (CPE) y Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009, quienes no hicieron nada para hacer respetar los mismos.