Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014-S3
Fecha: 05-Nov-2014
II.6.
II.6. Cursa acta de audiencia de 22 de noviembre de 2013, en la cual el Juez demandado, argumentando que Donny Carlos Mancilla Coimbra y otra coimputada no asistieron a la audiencia, pese a su legal notificación, se los declaró rebeldes ordenando se libre el correspondiente mandamiento de “detención”; asimismo, en cumplimiento de los arts. 324 y 325 del CPP, determinó que: “…el presente caso a llegado a su fin ya que las pruebas que han sido arrimadas dentro de la investigación están siendo saneadas ya que han sido lícitamente obtenidas…” (sic) (fs. 12).