SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0132/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0132/2014-S2

Fecha: 11-Nov-2014

Fragmento 13

         En el presente caso, nos referiremos únicamente a las personales; mismas que como ya se ha desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2.1., tienen como finalidad, el asegurar la presencia del imputado en el desarrollo del proceso y cuando corresponda, el cumplimiento de la resolución; medidas que se constituyen de mayor relevancia en el proceso penal boliviano, por cuanto suponen una afectación a la libertad, derecho protegido y previsto por el art. 22 del CPP, concordante con el art. 23.I de la CPE; por lo que en coherencia con el principio de proporcionalidad referido, existe la necesidad de justificar la medida adoptada a los fines procesales respectivos.