Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2014-S3
Fecha: 10-Nov-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por el supuesto delito de estafa, en la audiencia conclusiva y aplicación de medidas cautelares de 23 de febrero de 2014, se fundamentó y denunció aprehensión ilegal; sin embargo, el Juez demandado, no se pronunció al respecto.
Asimismo, el Juez demandado, en dicho acto procesal, dictó la Resolución 72 “A”/2014 de 23 de febrero, disponiendo su detención preventiva, sin valorar la prueba de descargo presentada para desvirtuar la probabilidad de autoría y de riesgos procesales, dicho fallo carece de motivación y fundamentación; así, al concluir la audiencia se interpuso apelación incidental.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- 1)
- b)
- REVOCAR
- 1º Disponer