Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2014-S3
Fecha: 21-Nov-2014
acción de libertad
En revisión la Resolución 019/2014 de 27 de mayo, cursante de fs. 37 a 39, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ramiro Cárdenas Céspedes en representación sin mandato de Jorge Linares Betancourt contra Lía Cardozo Veizan, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz; y, Jhonny Garnica Zurita, Fiscal de Materia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La oportunidad procesal para el retiro de la acción de libertad conforme a la Constitución Política del Estado
- III.2. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- b) La comparecencia del rebelde al proceso penal en ejecución del mandamiento de aprehensión.
- III.3. La interposición de la acción de libertad no suspende la celebración de actos procesales ante la jurisdicción ordinaria penal
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR