SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad de pensamiento y al trabajo, alegando que el Tribunal de honor del sindicato al que pertenece, mediante la Resolución 003/2013, de 29 de abril, le sancionó con la pérdida de su antigüedad de diez años, porque supuestamente habría cometido una falta grave al declarar en un medio de comunicación en contra del transporte, hecho que no sucedió debido a que la declaración fue realizada como Sub Alcalde y no como socio del sindicato; asimismo, el estatuto del sindicato sanciona a las faltas graves con la suspensión, y no con la perdida de la antigüedad, por lo que se vulneró su derecho a la libertad de pensamiento, trabajo y a elegir y ser elegido.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El
- III.2. Análisis del caso concreto
- 5 de septiembre de 2013
- CONFIRMAR