SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0180/2014-S2
Fecha: 24-Nov-2014
concedió en parte
La Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 39/2014 de 7 de mayo, cursante de fs. 355 a 358, concedió en parte la tutela solicitada, dejando sin efecto el AS 561/2013 de 4 de noviembre, debiendo emitir un nuevo Auto Supremo, con la debida motivación y fundamentación. En base al siguiente argumento de orden legal: Las autoridades demandadas, obraron con total desconocimiento de la norma que regula la tramitación de la acción de mejor derecho propietario, vulnerando el art. 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC) con relación al art. 1283 del CC, como así no se realizó una valoración de la prueba en su real dimensión, es decir, si la misma tiene efecto jurídico o no.