SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

se evidencia que el accionante no agotó las vías legales para restablecer sus derechos que presuntamente le fueron vulnerados, estando al momento de la interposición y tramitación de la presente acción tutelar, pendiente de Resolución el incidente de actividad procesal defectuosa por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, el cual se pronunciará sobre la legitimación de la parte demandada en el proceso principal, para intervenir en el mismo y poder objetar e impugnar las resoluciones,

En ese sentido, se evidencia que el accionante no agotó las vías legales para restablecer sus derechos que presuntamente le fueron vulnerados, estando al momento de la interposición y tramitación de la presente acción tutelar, pendiente de Resolución el incidente de actividad procesal defectuosa por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, el cual se pronunciará sobre la legitimación de la parte demandada en el proceso principal, para intervenir en el mismo y poder objetar e impugnar las resoluciones, extremo que ahora es cuestionado a través de la presente acción tutelar; en consecuencia, la parte accionante no consideró que esta acción de defensa se rige por el principio de subsidiariedad, ya que la justicia constitucional, no puede suplir los roles encomendados por la función constituyente a sus órganos de poder expresamente reconocidos por la Constitución Política del Estado, por lo que todas las personas naturales o jurídicas que consideren afectados sus derechos, antes de activar el control tutelar de constitucionalidad a través de la acción de amparo constitucional, deberán utilizar en el marco de los plazos procesales establecidos por la normativa imperante, los mecanismos intra procesales o procedimentales de defensa, siendo evidente que la acción de amparo constitucional, no procederá contra resoluciones judiciales o administrativas que pudieran ser modificadas o suprimidas por cualquier otro recurso.