SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2014-S3

Fecha: 24-Nov-2014

II.7.

II.7. Por Auto de Vista de 2 de abril de 2014, la Jueza de Partido Mixta, de Sentencia Penal y Liquidadora Cliza del departamento de Cochabamba, resuelve revocar totalmente el Auto de 10 de enero de 2014, ordenando la declinatoria de competencia al Juez Agrario de Punata, en mérito de los siguientes argumentos: 1) Las muestras fotográficas y el acta de inspección ocular, dan cuenta que el inmueble motivo de litis se encuentra en la comunidad “Mosoj Rancho”, sin construcciones ni mejoras, lleno de matorrales, destinado a la actividad agrícola, al igual que los predios colindantes; 2) Por las características que presenta el mismo, no se puede manifestar que este destinado al uso habitacional, pues no se encuentra en un centro poblado, existiendo solo plantaciones de maíz; 3) La Certificación 009/2014 de 7 de febrero, emitida por la Jefatura de Unidad de Urbanismo y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Cliza, indica que la ubicación de la zona “A” (Mosoj Rancho), es una zona peri urbana, ósea  de crecimiento urbano y que aún no existe el cambio de uso de suelo y homologación, por encontrarse en proceso de aprobación; y, 4) La Certificación 016/2014 de 31 de marzo, emitida por la unidad de Urbanismo y Catastro, indica que las Ordenanzas Municipales 040/2001 de 6 de diciembre y 07/2012 de 17 de abril, que incorporan al radio urbano el área donde se encuentra el inmueble, no se encuentran homologadas por el órgano rector. Por lo que se mantiene su calidad de predio agrícola o pecuario, en consecuencia, la Jueza a quo, no dio cumplimiento a la Ley Marco de Autonomías, al resolver el incidente (fs. 77 y vta.).