SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2014-S2
Fecha: 24-Nov-2014
1)
Claudia Castro Dorado, Fiscal de Materia, en audiencia indicó: 1) La investigación se inició en febrero, en contra de Harold Tulio Flores, esposo de la accionante, luego se amplió contra ésta por el delito de estafa con víctimas múltiples, la cual se puso en conocimiento del Juez Cautelar; 2) En su declaración rectificó que conoció de la investigación desde inicios de este año; 3) Desalojó el instituto y manifestó a los denunciantes que podría realizar la devolución de los dineros recibidos; 4) Debido a la concurrencia del peligro de fuga evidenciado y latente en ese momento, dispuso la emisión de un mandamiento de aprehensión en virtud al art. 226 del CPP; 5) No es evidente que su aprehensión hubiera durado cuarenta horas, toda vez que, ésta fue realizada el 3 de junio, “…y a horas 18:30 el día de ayer…” (sic); se formuló imputación ante el Juez Primero de Instrucción Penal a cargo del “Juez Guerreo” (sic), con la cual ya fue notificada; y, 6) El abogado de la accionante tuvo acceso al cuaderno de investigación, un canal de televisión grabó cuando éste lo revisaba foja por foja, incluso sacaron fotografías.
- I.1.1
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- subreglas para la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- III.3. Competencia del juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4.
- CONFIRMAR en todo