Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por Luis Zarate Gumucio contra su representada, por la supuesta comisión del delito de estafa, ésta se encuentra recluida en el Centro de Rehabilitación de “Palmasola”, siendo que en reiteradas oportunidades fue suspendida la audiencia de cesación a la detención preventiva, el 12 de mayo de 2012, se “…suspendió la audiencia de cesación a la detención preventiva, cuando ya estaba instalada con el fútil fundamento de que el abogado de la otra parte tenía otra audiencia señalada…” (sic), decisión asumida sin fundamentos y violentando la garantía del debido proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR