Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1984/2014
Fecha: 13-Nov-2014
Artículo 2.-
Artículo 2.- El área a transferirse abarca a toda la propiedad conformada por terrenos cultivables bajo riego, terrenos cultivables a secano y área boscosa o de pastoreo, cuyas colindancias son: Al Norte con la propiedad del señor Primitivo Ortega; al Sud con el lote transferido al SEPCAM y otros, al Este con la comunidad de Serere; y, al Oeste con el río Pajonal; destinado a la construcción de un Complejo Educativo integrado por: el Internado Rural Técnico Humanístico, la Universidad Pública Campesina y otros programas de apoyo directo al desarrollo sostenible de la producción.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Contenido de la acción
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- I.2.
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- “Artículo 1.-
- Artículo 2.-
- Artículo 3.-
- Artículo 1.
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- b)
- III.2. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- se deduce que ésta es una acción constitucional de control correctivo o a posteriori de disposiciones legales que se encuentran en vigencia,
- Por consiguiente, esa labor de confrontación se debe ejercer necesariamente sobre normas vigentes que tengan vida en el referido ordenamiento jurídico del Estado
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE