Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2014-RCA
Fecha: 04-Dic-2014
II.3. Análisis del caso concreto
Los accionantes interpusieron la presente acción popular demandando a Esteban Urquizu Cuéllar, Gobernador del Departamento de Chuquisaca; Moisés Torres Chive, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre; Iván Jaime Zegada Loayza, Jefe de la Unidad Distrital Chuquisaca a.i. de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y Nico Alfredo Kaliman Romero, considerando que dichas autoridades al permitir y autorizar la construcción de la Estación de Servicio denominada “Churuquella”, de propiedad del codemandado Nico Alfredo Kaliman Romero, así como permitir su funcionamiento y la venta de gas y otros hidrocarburos vulneraron sus derechos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- I.
- Fragmento 6
- II.2. Respecto a la acción popular
- II.3. Análisis del caso concreto
- en los casos en los que, los servidores públicos incumplen de manera ilegal o indebida, pues para ello se encuentra prevista la acción de cumplimiento
- CONFIRMAR