AUTO CONSTITUCIONAL 0458/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0458/2014-CA

Fecha: 04-Dic-2014

Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) de Cochabamba


En consulta la Resolución Administrativa (RA) 0038/2014 de 27 de noviembre, cursante de fs. 101 a 103, pronunciada por la Directora Ejecutiva a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) de Cochabamba que “admitió” promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Edgar Luís San Román Aranibar, en representación legal de la Empresa “GEDESA LTDA”., demandando la inconstitucionalidad del art. 59.I del Código Tributario Boliviano (CTB) con las modificaciones introducidas a través de la Disposición Adicional Quinta de la Ley de Modificación al Presupuesto General del Estado para la gestión 2012 −LPGE -2012−, por ser presuntamente contrario a los arts. 1, 7, 12, 13.IV, 14.IV, 115.II, 116.II, 158.I.11, 159.8, 172.11, 178.I y 321.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 11.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 15.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).